
medida mitigadora
Acepciones
Marca: Tecnología energética. Nuclear
Definición:
Medida inmediata adoptada por un explotador o requerida por la autoridad competente para reducir las posibilidades de que se den condiciones que puedan evolucionar hasta una situación que requiera la adopción de medidas de emergencia en el emplazamiento o fuera de él, o para mitigar dichas condiciones.
Medida inmediata adoptada por un explotador o requerida por la autoridad competente para reducir las posibilidades de que se den condiciones que puedan evolucionar hasta una situación que requiera la adopción de medidas de emergencia en el emplazamiento o fuera de él, o para mitigar dichas condiciones.
Equivalente inglés: mitigatory action
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